Sala de lo Penal evalúa reformas para incluir declaración anticipada y Cámaras Gessel para víctimas de violencia sexual 

El estudio se basa en el artículo 106, que trata sobre los derechos de la víctima; mientras que el artículo 305 es sobre la declaración anticipada de la persona afectada. Hoy, los parlamentarios buscan agregar a niños, niñas, jóvenes, mujeres y hombres, sin distinción de edad.

Oct 13, 2022 | 0 Comentarios

Para armonizar las leyes, los diputados de la Comisión de la Mujer continúan con el estudio para actualizar los artículos 106 y 305 del Código Procesal Penal, con el propósito de que las víctimas de violencia de género o de libertad sexual puedan rendir sus declaraciones de forma anticipada para garantizar, de manera eficaz, los derechos de estas y mejorar la efectividad de las instituciones del sistema judicial.

“Nuestro objetivo es poder homogenizar lo ya avalado, como con la Ley Crecer Juntos, con las normativas vigentes y que no han sufrido cambios desde que fueron emitidas”, señaló la legisladora presidenta de la junta, Alexia Rivas.

El estudio se basa en el artículo 106, que trata sobre los derechos de la víctima; mientras que el artículo 305 es sobre la declaración anticipada de la persona afectada. Hoy, los parlamentarios buscan agregar a niños, niñas, jóvenes, mujeres y hombres, sin distinción de edad.

Las parlamentarias escucharon este viernes a la magistrada presidenta de la Sala de lo Penal, Sandra Chicas de Fuentes, y a la jueza del Juzgado 2° de Instrucción de Santa Tecla, La Libertad, Delmy Yanira de Contreras.

De acuerdo a lo expuesto por ambas expertas, hay diversos puntos propuestos por la comisión que son acertados, pues consideran que con ello se agilizarán los procedimientos judiciales y se garantizarán los derechos de las víctimas de una manera justa y equilibrada.

Con los cambios a implementar en la normativa actual, referente a los delitos que traten sobre la libertad sexual o de violencia de género, habría una facilidad para rendir testimonio en ambientes que no sean ni formales ni hostiles, seguros y adecuados: Circuito cerrado, video conferencia, cámaras gesell (es una habitación acondicionada para permitir la observación con personas).

“Pienso que habría un reconocimiento en la vulnerabilidad en el proceso y la víctima no sería confrontada con el abusador o victimario, por lo que se reduciría la revictimización”, apuntó la magistrada Chicas de Fuentes.

Al respecto, la jueza De Contreras indicó: “Me parece importante que la prohibición del interrogatorio no solo sea para el implicado, sino también para las partes técnicas. Veo a bien que un profesional en psicología sea el encargado de este proceso”.

La funcionaria afirmó que es importante incluir en la regulación todas las conductas relativas a violencia intrafamiliar, «ya que se incorporó la violencia de género, porque es un factor fundamental en un anticipo de prueba”. Además, estatuir los beneficios tanto a mujeres, niños y hombres. «Mi propuesta es que en el artículo 305 se incluya no solo a los niños, las niñas y los adolescentes, sino que también se aclare si aplicarán las mujeres o los hombres».

En esa misma línea, la juzgadora propuso que se debería de declarar la reserva parcial o total del proceso para no ser difundida la información del caso de manera irresponsable. Dicha norma ya se establece en el Código, pero con la actualización se reforzaría tal propuesta.

Los parlamentarios tomarán en cuenta las observaciones planteadas por las expertas en leyes y continuarán reforzando el estudio de las reformas para emitir luego un dictamen favorable y después ser presentado en el Pleno Legislativo.

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